Estatutos y Regulaciones de la NAF

Artículo VIII. Jugadores, Contratos y Traspasos

Contratos de Jugador

8.1
Todo jugador inscrito en una franquicia deberá estar vinculado a la misma mediante un contrato registrado ante la NAF.

8.2
Los contratos deberán identificar al jugador, la franquicia contratante, la duración del acuerdo y cualquier compensación económica o en especie pactada entre las partes.

8.3
Ningún jugador podrá participar en partidos oficiales sin que su contrato haya sido debidamente registrado.

8.4
Las franquicias deberán remitir al Comisionado Mayor una copia de todo contrato de jugador dentro de los siete (7) días siguientes a su firma.

8.5
El Comisionado Mayor podrá rechazar cualquier contrato que infrinja los presentes Estatutos o los reglamentos de la NAF.

8.6
Un contrato rechazado carecerá de validez a efectos deportivos.

Libertad Contractual

8.7
Las franquicias y los jugadores serán libres de pactar salarios, primas, duración contractual y demás condiciones que consideren oportunas.

8.8
No existirán límites salariales ni restricciones económicas generales salvo las establecidas expresamente por la NAF.

8.9
Ningún contrato podrá contener cláusulas contrarias a los presentes Estatutos.

Cláusulas Abusivas

8.10
Se prohíben las cláusulas de rescisión manifiestamente abusivas o destinadas exclusivamente a impedir el movimiento legítimo de jugadores entre franquicias.

8.11
El Comisionado Mayor podrá declarar nula cualquier cláusula que considere desproporcionada respecto del valor deportivo o económico razonable del jugador.

8.12
La nulidad de una cláusula no implicará necesariamente la nulidad del resto del contrato.

Traspasos de Jugadores

8.13
Los traspasos de jugadores entre franquicias serán libres.

8.14
Toda transferencia deberá comunicarse a la NAF antes de que el jugador pueda participar en encuentros oficiales con su nueva franquicia.

8.15
El jugador transferido conservará todos los derechos y obligaciones establecidos en su contrato salvo pacto en contrario.

8.16
Los traspasos podrán incluir jugadores, dinero, elecciones de reclutamiento, derechos deportivos u otras compensaciones acordadas entre las partes.

Periodos de Traspasos

8.17
Los traspasos podrán realizarse durante toda la temporada.

8.18
No podrán registrarse traspasos durante las cuarenta y ocho (48) horas anteriores al inicio de una jornada ni entre el comienzo y la finalización de un encuentro en el que participe el jugador afectado.

Jugadores Libres

8.19
Todo jugador sin contrato registrado será considerado jugador libre.

8.20
Los jugadores libres podrán negociar y contratar libremente con cualquier franquicia.

8.21
Ninguna franquicia conservará derechos sobre un jugador cuyo contrato haya expirado, salvo que exista un acuerdo registrado que establezca lo contrario.

8.23
No podrán registrarse jugadores libres entre el comienzo y la finalización de un encuentro en el que participe la franquicia afectada.

Elegibilidad

8.24
Ninguna franquicia podrá alinear a un jugador suspendido, inhabilitado o no registrado.

8.25
Todo jugador deberá cumplir los requisitos de procedencia federativa establecidos en el Artículo III.

8.26
La utilización indebida de un jugador no elegible podrá dar lugar a la pérdida del encuentro, multas económicas u otras sanciones disciplinarias.

8.27
Ninguna franquicia podrá inscribir más de dieciséis (16) jugadores.