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22/11/2025
El Imperio Dual de los Ríos activa el Artículo 6
El establecimiento de un compromiso de defensa común por el que las Partes acuerdan que un ataque armado contra una o más de ellas, que tenga lugar en su territorio o zona de influencia, será considerado como un ataque dirigido contra todas ellas, y en consecuencia, acuerdan que si tal ataque se produce, cada una de ellas, en ejercicio del derecho de legítima defensa, individual o colectiva, ayudará a la Parte o Partes atacadas, adoptando seguidamente, de forma individual y de acuerdo con las otras Partes, las medidas que juzgue necesarias, incluso el empleo de la fuerza armada, para restablecer la seguridad en la zona afecta a la Comunidad Económica del Carbón y del Acero y su zona de influencia.
Y Rohan responderá.